Fecha de Concurso Acumulación 2024
CONCURSO – ETAPA ACUMULACIÓN
ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA
ÁREA DE EDUCACIÓN TÉCNICA
ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA
ÁREA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Se comunica el cronograma dispuesto para participar de los concursos de acumulación 2024:
Acumulación – Cargos base
Inicio: viernes 06/12 – 10:00 hs
Cierre: lunes 09/12 – 12:00 hs
Acumulación – Hs y TP
Inicio: martes 10/12 – 10:00 hs
Cierre: miércoles 11/12 – 18:00 hs
Las postulaciones se realizarán a través del módulo de “CONCURSOS” en la plataforma de Acto Público en Línea (https://actopublico.bue.edu.ar).
Luego de la fiscalización y control del proceso de postulación, la Junta de Clasificación y Seguimiento de los Concursos Docentes respectiva procederá con la propuesta de los docentes de acuerdo con los criterios establecidos en el Estatuto del Docente.
En este sentido, se solicita hacer llegar la presente información vía jerárquica a las supervisiones y conducciones de cada institución educativa, quienes deberán comunicar esta convocatoria a todo el personal de su P.O.F., incluyendo a aquellos que se encuentren en uso de licencias, reubicaciones, cargos de mayor jerarquía, etc.
Finalmente, se informa que la Dirección General de Personal Docente y No Docente realizará, conforme a sus competencias, la verificación del cumplimiento de requisitos estatutarios según la normativa vigente al momento de designar al docente en la propuesta de vacante que se realice.
INFORMACIÓN GENERAL ETAPA ACRECENTAMIENTO/ ACUMULACIÓN 2024
1. ACUMULACIÓN: si sos docente titular de un cargo, podes titularizar otro de igual denominación y área en esta etapa del concurso.
2. ACRECENTAMIENTO: podes incrementar horas de la misma o distinta asignatura de la que sos titular (de acuerdo a las incumbencias de tu título), misma área en esta etapa del concurso.
3. Para poder participar de la etapa acrecentamiento/acumulación, deberás estar en el listado de titulares correspondiente, de acuerdo al cargo, escalafón y área en la que seas titular.
4. Deberás tener concepto docente no inferior a BUENO.
5. Se podrá acrecentar/acumular hasta 72 horas cátedra titulares semanales.
6. Se podrá realizar un solo movimiento por concurso; en el caso de escalafón profesor el acrecentamiento de horas sueltas y la acumulación de cargos de la Ley N° 2905 se considerará en conjunto un movimiento, es decir que podes elegir un cargo de la Ley 2905 o una designación de bloques de HC.
7. Si sos docente titular en un cargo de ascenso (directivo, no directivo), podrás participar del
acrecentamiento/acumulación de horas/cargos de base del escalafón por el que les dio lugar al ascenso por más de que no tengas otro cargo de base.
8. Si sos docente titular, pero no posees el/los títulos/s habilitante/s, podrás acrecentar horas de clase sólo en la asignatura que dictas como titular.
PARTICIPACIÓN EN CONCURSO DE ACRECENTAMIENTO/ ACUMULACIÓN:
1. Tenés que estar en situación que te habilite para hacer dicho movimiento. Las situaciones que inhabilitan para participar en esta etapa del concurso son: estar con licencia por mayor jerarquía para trabajar en otro escalafón, estar en tareas pasivas (siglas TP, IN en el listado), estar sancionado/a, estar en disponibilidad sin goce de haberes, o estar con licencias del artículo 69 incisos g, h, i, j y o (sin sueldo).
2. No se podrá acumular/acrecentar una vacante que haya sido previamente liberada por el mismo docente en la etapa de traslado del concurso del mismo año.
3. Como docente titular, cuando participes de esta etapa, tendrás prioridad para acrecentar horas de clase semanales/acumular cargos en el establecimiento educativo que poseas mayor cantidad de horas y/o cargos en carácter titular.
En caso de que varios titulares de un mismo establecimiento soliciten prioridad sobre un cargo que deseen acumular/ acrecentar, se le asignará al de mayor puntaje en el listado de titulares independientemente de la
cantidad de horas de clase y/o cargos que posea en carácter titular. Y en el caso de poseer igual cantidad de horas cátedra titulares, pero en diferentes establecimientos, se replicará la prioridad para la concentración horaria, pudiendo elegir en qué establecimiento deseás concentrar.
4. Podes realizar una postulación múltiple (elegir varias vacantes) y se autorizará la cobertura de una única vacante en esta etapa concursal.
5. Para el escalafón profesor se considerará acrecentamiento y acumulación de cargos de la Ley 2905 como un único movimiento.
6. ESCALAFÓN PROFESOR: Podrás presentarte al concurso de acrecentamiento por área de la educación una vez que hayas alcanzado al menos dieciséis (16) horas semanales o seas titular de un TP 4 o TP3 en el área correspondiente.
LUEGO DEL CONCURSO DE ACRECENTAMIENTO/ACUMULACIÓN:
1. Si resultás ganador/a de concurso de acrecentamiento/ acumulación, y no tomás posesión en la fecha estipulada según la agenda educativa para los ganadores de concurso, quedarás inhabilitado para participar del siguiente concurso del área de la educación donde no hayas tomado posesión.
2. Si resultás ganador/a de concurso de acrecentamiento/ acumulación resultará de aplicación la reglamentación del artículo 20 del Estatuto del Docente.