Mesa de Condiciones Laborales 14/03/2024
El día 14 de marzo se realizó la reunión de condiciones laborales y se trabajaron diversos temas que serían incluidos en un futuro decreto que modificará cuestiones reglamentarias del Estatuto del Docente.
En virtud de diversas situaciones detectadas relacionadas al normal desarrollo de la actividad, surgen situaciones que ameritan modificaciones, algunas por iniciativa ministerial y otras por iniciativa sindical.
Cabe destacar la buena voluntad de las partes y que no siempre el acuerdo es pleno.
A continuación se realizará un detallado de los temas:
- Se incluirá una modificación en la licencia 69 J ex 70 J que permitirá corregir un error en la reglamentación que no respetaba el espíritu para el cual fue redactado. La modificación consiste en que los docentes no tengan que esperar 5 años después de haber tomado los 30 días y que pueda usufructuarse en diferentes años hasta cumplimentar los 365 días. Con la modificación se podría pedir una vez por año con un mínimo de 30 días pudiendo solicitar la extensión siempre y que el docente no se haya reintegrado.
- Se eliminaría la reglamentación del artículo 13 c qué implica actualmente que un docente que se encuentra en situación pasiva en un área no puede participar en el concurso de ingreso, acumulación, ascenso o traslado de otra área. La concepción de situación pasiva es considerada por cargo y tiene implicancias en ese mismo escalafón, salvo que se trate de tareas pasivas. En el caso de la licencia correspondiente al Artículo 70, (ex 71), si es solicitada por una cuestión presupuestaria se considera situación pasiva en ese mismo escalafón. En el caso que la misma licencia sea solicitada por una cuestión escalafonaria se considera situación activa para el mismo escalafón.
- Los docentes que no estarían habilitados a concursar serán los que se encuentren bajo las siguientes licencias:
69 j // 69 h // sanción disciplinaria // disponibilidad “sin goce de haberes”
69 g // 69 i // 69 o.
Se recuerda que las condiciones anteriormente planteadas quedarían vigentes una vez aprobado el decreto reglamentario, en la actualidad existen más licencias que se consideran como situación pasiva.
- Por otra parte se incluirá en el artículo 70 la posibilidad de licenciar un cargo titular, para los casos donde la carga presupuestaria sea inferior pero se licencie para tomar otro cargo en un escalafón que permita acceder al ascenso de la conducción escolar, siempre y cuando la incumbencia del título lo permita, (ej. preceptor/a que desee licenciar su cargo para ejercer como profesor en un TP 4 de 12 hs. cátedra. Actualmente no podría.
Nuestra entidad acompaña la solicitud permitir la titularización de 72 hs. cátedras o sus equivalencias. Siempre en concordancia con el pensamiento histórico que sostiene, que si un docente lo tiene permitido trabajar, debe tener garantizado el derecho de la estabilidad laboral y económica.
Asimismo sostiene la solicitud del no descuento del presentismo en licencias como el 69 a) -afecciones comunes-, b) -afecciones o lesiones de largo tratamiento y e) -por cuidado de familiar enfermo.Además solicitamos acelerar el Inicio de la Fase 3 del proceso de titularización correspondiente a la Ley N.º 6544. Se nos informa que la fase 2 se encuentra en un 90% de su aplicación y que a corto plazo comenzará la nueva fase.